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La Residencia Americana por Asilo Político, como llevarlo a cabo

Publicado el 24-11-16


La Residencia Americana por Asilo Político, como llevarlo a cabo

conozca como salir victorioso en su caso de asilo político y disfrute de los aportes, obteniendo la residencia americana a través de esta opción.

Sabemos que la residencia americana se puede solicitar a partir de un (1) año y un (1) día de haber recibido la aprobación del asilo político en EEUU, por lo que  muchos inmigrantes optan por esta opción para convertirse en residentes permanentes del pais. Sin embargo, la mayoría de los inmigrantes pierden sus casos de asilo político, aun teniendo las pruebas y/o evidencias para sustentarlo, entonces ¿qué se puede hacer para que sea aprobada esta aplicación?

Lo principal que debe considerar es que los solicitantes necesitan demostrar un “temor válido de persecución”, recordando por supuesto que el “miedo fundado” se encuentra basado en razones políticas, o bien por razones de Raza, Religión, Nacionalidad, Pertenencia a un grupo social. Lo ideal sería radicarlo dentro del año de usted haber llegado a los EEUU. Cabe destacar que no son muy comunes las peticiones de asilo por discriminación de raza, religión, nacionalidad o grupo social, dentro de la comunidad hispana, sin embargo hay muchos inmigrantes que gozan de asilo dentro de los EEUU, por discriminación a su sexo, como es el caso de personas homosexuales.

De igual manera es fundamental que  se apoye en cualquier documento que demuestre su “temor de persecución política” tales como, recortes de periódicos, artículos, testigos, documentos de identificación que acrediten su cargo político, declaraciones juradas, entre otros.

Una vez radicada su aplicación de Asilo Político (I-589 -Application for Asylum and Withholding of Removal), usted  recibirá en los sucesivos días,  la notificación de que ha sido recibida. Transcurrido un tiempo, igualmente recibirá  la fecha de su cita en la ciudad correspondiente, en la cual deberá comparecer con todos los aplicantes y un intérprete, si no habla el idioma inglés (English).

Luego de que comparezca, si le otorgasen el asilo, recibirá por correo la carta de aprobación, más su I-94, y podrá solicitar su permiso de trabajo. Tome  en cuenta que al termino de 150 días después de su aplicación, le nace el derecho a aplicar por el Permiso de Trabajo, si no ha recibida la fecha de su cita. Si le es aprobado el Asilo Politico, igualmente gozará de aplicar a los diferentes beneficios del gobierno, tales como  Estampillas de Comida (Food Stamps),  pagos por estudio, ayuda en efectivo y, su mayor interés, la residencia americana permanente (luego de un año y un día de su aprobación).

Pero en caso de que no le sea otorgado el Asilo, su caso será remitido a la Corte de Inmigración de la ciudad en la cual reside, y le serán asignadas dos audiencias, la primera es la audiencia general, (Master Hearing) en la cual, conjuntamente con su abogado, se presentará a escuchar la fecha de su segunda audiencia; y la segunda es la audiencia individual (Individual Hearing), en la cual, el Juez de Inmigración revisará y tomará una decisión  de su caso, en presencia de su abogado, y del Fiscal de Inmigración.

Este artículo es a base informativa. Si desea, recibir una consulta legal, le recomendamos consulte a un Abogado con Licencia, y de su confianza, para asesorarlo en este proceso y pueda obtener su asilo politico, para posteriormente, solicitar la residencia americana.